Ciudad Juárez, Chihuahua.— Desde el 4 de abril de 2021 iniciaron las campañas electorales para el cargo de gubernatura y diputaciones federales en el estado de Chihuahua, y el 29 de abril iniciarán para diputaciones locales, ayuntamientos y sindicaturas, periodo que en esta ocasión se desarrollará en el contexto de la pandemia por COVID-19. Dadas las condiciones sanitarias, las y los candidatos deberán acatar un protocolo para desarrollar actos de campaña y propaganda electoral, cuyos lineamientos quedaron asentados en el acuerdo del Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral (IEE) en Chihuahua y en el Acuerdo número SS/010/2021 que expide la Secretaría de Salud de Chihuahua, donde se establecen los lineamientos para toda persona que participe de manera directa o indirecta en campañas electorales. Sin embargo, actualmente existen lagunas sobre los mecanismos a través de los cuales la autoridad de Salud vigilará el cumplimiento de estas disposiciones.
Qué se considera acto de campaña y qué dicen los protocolos
De acuerdo con la Ley Electoral de Chihuahua, se considera como acto de campaña las reuniones públicas, marchas y en general actividades que hagan los partidos, coaliciones o candidatos para promover su candidatura frente al electorado. El protocolo sanitario del IEE advierte que estas actividades implican una interacción física entre personas y considerando la contingencia de salud pudiera potencializar la tasa de contagios de COVID-19 en el estado. El protocolo indica que los partidos políticos y encargados de organización de actos de campaña serán los responsables de implementar las acciones recomendadas y las medidas sanitarias emitidas por la autoridad de Salud. Dichas medidas son las siguientes:
- Lavado constante de manos, con agua y jabón, o desinfectante a base de alcohol al 70 por ciento.
- Uso obligatorio de cubrebocas.
- Mantener distancia de un metro y medio entre cada persona.
- Cubrir nariz y boca al toser con el antebrazo.
- No escupir.
- No tocarse la nariz.
- No consumir alimentos en el área.
- No saludar de mano ni tener cualquier contacto físico con otra persona.
- Toma de temperatura al ingreso a espacios para eventos.
- Prohibir entrada a personas con sintomatología relacionada a COVID-19.
- Planear actividades observando asistencia máxima conforme a lo dispuesto por las autoridades sanitarias correspondientes
Eventos masivos
Sobre los eventos masivos se indica que deberán privilegiarse los lugares abiertos como punto de reunión, con toma de oxigenación en los accesos, tapete con solución sanitizante y poner a disposición del público cubrebocas y gel desinfectante. En el artículo 10 del protocolo del IEE se pide evitar actos masivos presenciales, visitas domiciliarias y privilegiar eventos remotos. En caso de hacer actos presenciales se deberán acatar las medidas sanitarias antes descritas. En los actos que impliquen aglomeración de personas también se deberán seguir estas medidas:
- Controlar accesos.
- Entrevistar y examinar visualmente a las personas a fin de evitar acceso de quienes tengan síntomas de posible COVID.
- Limpieza y desinfección permanente del entorno y las superficies, antes durante y al finalizar actividades.
- Tratar que el evento sea breve.
- Que las personas que no funjan como oradores guarden silencio.
- Que las personas no usen el mismo micrófono, o bien que éste sea desinfectado
- Evitar ingreso de población de alto riesgo.
- Evitar uso de vehículos compartidos para el traslado de personas.
- Limitar niveles de música o audio para evitar que asistentes levanten la voz o se acerquen entre sí para escucharse.
- Contar en espacios con agua potable, jabón antibacterial y toallas de papel para secado de manos.
Visitas domiciliarias
La autoridad electoral señala que en caso de realizarlas se procure que no asistan grupos masivos de personas; quienes acudan deberán acatar en todo momento las medidas sanitarias y contar con equipo de protección personal.
¿Y la propaganda electoral?
El capítulo III del acuerdo del IEE aborda que se recomienda usar lo menos posible material de propaganda que sea objeto de manipulación o contacto, ya que constituye una potencial fuente de contagio. Todo material empleado deberá pasar por un proceso de desinfección y los equipos de brigada de promoción del voto deberán acatar en todo momento las medidas sanitarias ya citadas. El órgano electoral recomienda el uso de redes sociales y encuentros virtuales para el acercamiento con la ciudadanía. En el protocolo emitido por la Secretaría de Salud de Chihuahua, además de citar las medidas preventivas básicas, indica que en caso de realizar eventos en espacios abiertos el aforo no debe exceder el límite de mil personas. En el caso de los debates entre candidatos se deben priorizar encuentros virtuales; si son presenciales se debe notificar a la autoridad de Salud y respetar las medidas y aforos para espacios cerrados conforme a la etapa de semaforización.
Así arrancaron las campañas
Pese a que existen estas disposiciones estas no fueron acatadas durante el arranque de las campañas, según se pudo constatar en información difundida por los equipos de los candidatos. Por ejemplo, en el evento de inicio de promoción del voto de Juan Carlos Loera de la Rosa, candidato a gobernador por Morena, se reportó una asistencia de 3 mil personas; la información está disponible en sus redes sociales. En el arranque de la candidata a gobernador por el PRI, Graciela Ortiz, también se observa aglomeración de personas sin el respeto a la sana distancia. El video puede verse en este enlace. La candidata del PAN María Eugenia Campos Galván encabezó varios eventos de arranque de campaña el 4 de abril. La concentración de personas sin sana distancia puede observarse en las fotos adjuntas al comunicado oficial. El 5 de abril el candidato a gobernador por Movimiento Ciudadano Alfredo Lozoya difundió en sus redes un video de una visita a un ciudadano, a quien se le entrega material de propaganda, pese a que las disposiciones piden evitar ambos actos.
Vigilancia y sanciones
La Secretaría de Salud estatal indica en el acuerdo que la vigilancia del cumplimiento de las disposiciones y las sanciones serán competencia de la Comisión Estatal para la Protección de Riesgos Sanitarios (COESPRIS). Las sanciones se aplicarán conforme a lo estipulado en la Ley Estatal de Salud. En el capítulo II de dicha ley se indica que las sanciones son administrativas, las cuales pueden ser multas, amonestaciones, arresto, clausura temporal o definitiva, así como revocación de licencia o autorización. En el caso de las multas económicas se menciona que las infracciones cometidas que no estén previstas en este capítulo serán equivalentes hasta 16 mil veces el valor actual de la UMA, que en 2021 tiene un valor diario de 89.62 pesos, equivalente a una sanción de 1 millón 433 mil 920 pesos. En el artículo 383 se indica que se procederá con clausura temporal, parcial o definitiva de la actividad o establecimiento en casos que implique peligro de contagio entre personas. Hasta el momento, las autoridades sanitarias del Estado no han detallado cómo aplicarán las medidas establecidas en el acuerdo y cuál será el procedimiento para la vigilancia del cumplimiento de las mismas. Durante una conferencia de prensa el pasado 5 de abril, el gobernador de Chihuahua, Javier Corral Jurado, dijo que las campañas electorales no deben ser un motivo de aumento de contagios e indicó que se buscará diálogo con los candidatos para que se observen las medidas de sana distancia. Se buscó la versión de autoridades de Salud en el estado, particularmente de Coespris para conocer los mecanismos que implementarán para vigilar el cumplimiento de las medidas durante la jornada electoral, pero no se tuvo respuesta.