julio 2, 2025

SCJN determina que funcionarios no pueden bloquear a ciudadanos en redes sociales

Ciudad Juárez, Chihuahua.— Ayer la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los servidores públicos no pueden bloquear de sus redes sociales a las y los ciudadanos que les critiquen de forma severa, pues esto correspondería a un acto de autoridad que implica una restricción indebida al derecho a la información. Lo anterior en resolución al amparo 1005/2018, interpuesto por el periodista Miguel Ángel León en contra del fiscal de Veracruz, Jorge Winckler Ortiz, quien lo bloqueó de su cuenta de Twitter en donde publica información relativa a sus actividades como servidor público. De acuerdo con el comunicado emitido por la SCJN, cuando el funcionario de forma voluntaria usó Twitter como medio de difusión de sus actividades como Fiscal, colocó su cuenta “en una posición de mayor escrutinio público“. Asimismo, la Corte señala que el funcionario veracruzano “no expresó razones suficientes para considerar que su cuenta de Twitter pueda ser calificada como privada, ni mucho menos que la información ahí contenida sea de carácter reservado”. Aunque la SCJN indicó que la resolución no implica que los servidores públicos vean limitado su derecho a la privacidad, se determinó que el periodista no incurrió en ningún comportamiento abusivo contra el funcionario. Finalmente, la sentencia ordena a Winckler Ortiz a permitir el acceso a su cuenta de Twitter al periodista.