julio 2, 2024
Sociedad

Movimiento de Mujeres denuncia sesgo de Tribunal a favor de Aristeo Baca

El Primer Tribunal Colegiado del Decimoséptimo Circuito en Ciudad Juárez concedió el 15 de mayo un amparo que busca reformular la sentencia contra Aristeo Baca, acusado de abusar sexualmente de una niña de manera recurrente entre 2015 y 2018. Ante esto, el Movimiento de Mujeres de Juárez manifestó su inconformidad y anunció que buscará llevar el caso a la Suprema Corte de Justicia de la Nación. 

Por Elizabeth Ramos / YoCiudadano

Ciudad Juárez, Chihuahua.— Integrantes del Movimiento de Mujeres de Juárez manifestaron su inconformidad ante la resolución de amparo a favor de Aristeo Baca, que concedió el Primer Tribunal Colegiado del Decimoséptimo Circuito en Ciudad Juárez, con el que se busca reformular la sentencia contra del sacerdote Aristeo Baca. Las organizaciones denuncian que hay “sesgo a favor del procesado”.

En rueda de prensa, la organización civil Sin Violencia precisó ayer que la resolución de amparo no absuelve a Aristeo Baca de los delitos por los que fue declarado culpable, sin embargo, se dictará una nueva sentencia una vez que se analicen de nuevo de manera exhaustiva las pruebas de cargo y descargo.

“Se resalta de manera contundente que de ninguna manera se dicta por el Tribunal de Amparo, absolución a favor de Aristeo Baca, puesto que la nueva sentencia dictará el fallo correspondiente”.

En 2021, Baca fue sentenciado a 34 años, 5 meses y 10 días de prisión por violación y agresión sexual agravada contra una niña de su comunidad católica.

A través de un pronunciamiento, las organizaciones denunciaron que ni la víctima ni la representación legal fueron notificadas de manera personal sobre los acuerdos y resolución emitida por el Primer Tribunal. Ante ello, señalaron que no hubo una adecuada valoración de pruebas y encontraron “cierto sesgo a favor del procesado”.

“Como acompañantes jurídicos de la víctima y su familia, no se comparten las manifestaciones del Tribunal de Amparo respecto a la aplicación de criterios que son contrarios a los derechos humanos de la niña víctima y su interés superior”, se leyó.

Martha Hernández Jurado, abogada de Sin Violencia, organización que lleva la asesoría jurídica del caso, señaló está revictimizando a la menor al poner nuevamente en tela de juicio su declaración. Agregó que “se prepondera mucho el dicho y el que el agresor sea una figura conocida ante la sociedad y ante la cultura católica”.

“La niña fue testiga protegida y en este momento vuelve a estar en riesgo por todo lo que sabemos que puede sufrir socialmente, el estigma y todo lo que puede pasar por parte de los feligreses de la iglesia católica, y nuevamente estaremos buscando que sea testiga protegida”, resaltó Elia Orrantia, directora de Sin Violencia.

La organización anunció que trabaja en una estrategia jurídica a la que se han sumado más abogadas y se valora la posibilidad de llevar el caso a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para que se revise exhaustivamente y quede un precedente de lo que pasa cuando una niña y su familia se enfrentan a la iglesia católica en México.

También se resaltó que, ante mayor poder económico, político y social de un agresor, la víctima siempre sufre más revictimización. “Vivimos en una sociedad en donde la víctima tiene que demostrar que es víctima”, condenó María Elena Ramos, directora de Programa Compañeros.

“Estamos hablando de alguien con poder político, económico y social, y desafortunadamente hoy hay un retroceso, dimos 3 pasos adelante de poner un caso emblemático para que se vean otros casos y se haga justicia, y ahora resulta que damos unos pasos atrás, porque él (Aristeo) tiene para seguir pagando abogados con mucho poder y tiene a gente que está moviendo la situación”, señaló María Elena.

Las organizaciones recordaron que el abogado que defienda al sacerdote es Maclovio Murillo Chávez, ex consejero jurídico del gobierno del estado de Chihuahua y ex Secretario del Ayuntamiento de Juárez.

Finalmente, el comunicado de Sin violencia instó enfatizó que no hay sentencia absolutoria ni condenatoria por el momento y, por ende, el derecho de presunción de inocencia como el derecho de la víctima al acceso a la justicia imperan en igualdad de circunstancias.