julio 5, 2024

Rechaza Cabildo de Juárez la reforma constitucional en materia del Sistema Estatal Anticorrupción

El dictamen que aceptaba la reforma constitucional contenida en el decreto del Congreso del Estado en materia del Sistema Estatal Anticorrupción fue rechazado con 14 votos en contra y siete a favor.

La reforma electoral a la Constitución Política del Estado de Chihuahua en materia del Sistema Estatal Anticorrupción fue rechazada por el Cabildo del Municipio de Juárez.

El dictamen de la Comisión de Gobernación aceptaba la reforma constitucional del estado de Chihuahua, no obstante, el dictamen fue votado en contra con 14 votos, en tanto que siete regidores se pronunciaron a favor.

Los argumentos presentados por los regidores de la planilla independiente para votar en contra del decreto emitido por el Congreso del Estado giraron en torno a la designación del síndico municipal como la figura que llevaría el control interno de los municipios.

La regidora de la planilla del Partido Verde Ecologista de México, Laura Yanely Rodríguez, comentó que la figura del síndico es política y no técnica.

El regidor de la planilla independiente, José Ubaldo Solís dijo no estar de acuerdo en que el síndico desempeñe la función de fiscalizador, ya que él mismo debería ser objeto de auditoria por manejar recursos públicos. Además, añadió que por los requerimientos técnicos y académicos exigibles a la persona que lleve el control interno del Municipio, no es idóneo que el síndico desempeñe esta función, por ser funcionario de elección popular.

Por otra parte, el regidor Hiram Apolo Contreras llamó a los regidores a votar en sentido positivo el decreto, ya que, de acuerdo con su opinión, los ediles que están en contra basan sus opiniones en la figura del síndico actual, Aaron Yáñez.

José Ávila Cuc, por su parte, calificó de “error garrafal”, algunas de las resoluciones aprobadas por el Congreso del Estado en materia del Sistema Estatal Anticorrupción. Criticó que a nivel estatal se exigen títulos profesionales para desempeñar funciones de fiscalizador, mientras que a nivel municipal la responsabilidad recayó en el síndico.

Otro de los argumentos que presentaron los regidores que votaron en contra, y que tienen que ver con el aumento en las facultades del síndico, es que a nivel estatal el fiscalizador tiene una duración de cinco años, mientras que las funciones del síndico municipal se reducen a tres años.

De acuerdo con el artículo 202 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua, para que las reformas y adiciones a la Constitución entren en vigor es necesario que sea aprobado cuando menos por veinte ayuntamientos que representen más de la mitad de la población.