Ciudad Juárez, Chihuahua.— Desde el inicio de su primera administración, el presidente Armando Cabada Alvídrez ha manifestado su intención de llevar a cabo un proyecto integral de alumbrado público que asegure la renovación de todas las luminarias de la ciudad, sin endeudar al Gobierno Municipal. De abril de 2017 a la fecha, el proyecto denominado Juárez Iluminado ha atravesado por una serie de acontecimientos que actualmente lo mantiene a la deriva: una aprobación y posterior anulación del Cabildo, una licitación suspendida por un amparo y posteriormente cancelada por el propio Gobierno Municipal, rechazo del poder legislativo estatal y el recelo de organizaciones y colectivos locales. El eje de la polémica en torno a Juárez Iluminado, desde el principio, ha sido el modelo de financiamiento que ha propuesto Armando Cabada: la concesión del servicio de alumbrado público por 15 años a una empresa que recibiría para ello los recursos del Derecho de Alumbrado Público (DAP), una contribución inconstitucional que se paga con el recibo del servicio de electricidad. En esencia, el DAP no es un derecho sino una contribución, y su cobro se apoya normalmente en las Leyes de Ingresos de los Municipios, que posteriormente son avaladas por los Congresos Estatales. No obstante, por ser una contribución en materia energética, es competencia únicamente del legislativo federal. Ni los municipios ni lo estados están facultados para realizar tal cobro. Por otra parte, la inconstitucionalidad de este pago ocasiona que las recaudaciones por su concepto sean volátiles, pudiendo así mermar la capacidad para financiar una concesión que, en dado caso, recurriría a los recursos dispuestos como garantía para este fin. Uno de los principales argumentos de los regidores que votaron en contra del proyecto durante su primera presentación en Cabildo, en abril de 2017, fue precisamente que la inconstitucionalidad del pago podría ser causante de amparos en su contra, con lo que menguaría su recaudación. Hasta julio del 2017 se encontraban vigentes 57 amparos contra el pago del DAP. De acuerdo con la facción III del artículo 115 de la Constitución Mexicana, los municipios tienen a su cargo los servicios públicos de alumbrado, agua potable, drenaje, alcantarillado, limpia, mercados, centrales de abasto, panteones, rastro, entre otros. La Ley de Ingresos para el Municipio de Juárez establece que el cobro del DAP se efectuará de manera bimestral o mensual, de acuerdo con la tabla de clasificación de cuotas fijas a tipos de predios habitacionales, industriales, comerciales y rústicos, con cuotas que oscilan entre los 40 (Habitacional) y 40 mil (Industrial alta) pesos bimestrales. Son sujetos a este cobro los propietarios o poseedores de predios de cualquier tipo dentro del municipio, y el pago se realiza en los primeros 10 días del bimestre o mes en cuestión en la Tesorería Municipal o en las empresas autorizadas para ello, como la Comisión Federal de Electricidad (CFE). El DAP es empleado para pagar por el importe de la energía eléctrica suministrada al municipio por una compañía, y los remanentes son reintegrados a las arcas municipales para labores de mantenimiento, mejoras, reposición y ampliación de Alumbrado Público, lo que, con la implementación del nuevo proyecto, quedaría en manos de la empresa ganadora de la licitación. De acuerdo con declaraciones previas de Armando Cabada, el pago a la empresa concesionaria rondaría los 18 millones de pesos mensuales, por lo que el monto a 15 años ascendería a 3 mil 240 millones de pesos. El Alcalde aseguró entonces que el Municipio prevé generar un ahorro de 100 millones anuales: 24 provenientes del DAP y alrededor de 70 de ahorros de la Dirección de Alumbrado Público en conceptos de materiales y combustible —un total de mil 410 millones en 15 años—; sin embargo, durante los últimos años la recaudación del DAP incluso ha sido insuficiente para pagar el importe de la energía eléctrica. En el papel, el proyecto de alumbrado de Armando Cabada solventaría uno de los rezagos más grandes del municipio en lo que respecta a servicios públicos y aseguraría la iluminación de la ciudad durante al menos una década. En la práctica, los proyectos de financiamiento a largo plazo (aunque no mediante APP), como el Plan de Movilidad Urbana o la modernización del alumbrado de la administración pasada, han actuado en detrimento de las finanzas públicas municipales y de la calidad de la infraestructura urbana.
¿Qué es el DAP y por qué es inconstitucional?
- Autor Miguel Silerio
- febrero 19, 0004
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