Ciudad Juárez, Chihuahua.— Toda persona tiene el derecho humano a ser buscada. Bajo ese principio el abogado Rafael Heredia Aguilar, del Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia, A.C. (IMDHD), expuso en el “Taller sobre el Protocolo Homologado de Búsqueda” los aspectos generales y las maneras en que este mecanismo debe ser aplicado por las autoridades. El Centro de Derechos Humanos Paso del Norte (CDHPN), mediante la Iniciativa Spotlight, invitó al especialista y consejero honorífico del Consejo Ciudadano del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas para capacitar en los mecanismos existentes a activistas y familiares de víctimas de desaparición. Heredia Aguilar explicó el funcionamiento del Protocolo Homologado de Búsqueda (PHB), el cual contempla el derecho de participación de los familiares, colectivos y representantes en todos los procesos. “Este enfatiza que la participación en la búsqueda es un derecho de las familias y la búsqueda es una obligación de las autoridades”, dijo. Además, las directrices buscan garantizar el derecho humano a toda persona a ser buscado, así como vigilar que las autoridades realicen la búsqueda siempre con la presunción de vida. “El Protocolo da directrices de actuación a una gran cantidad de autoridades para la búsqueda de personas desaparecidas o no localizadas en el país, además es complementario a los protocolos de búsqueda locales y estatales (por ejemplo, el Protocolo Alba y Amber)”, dijo. Rafael Heredia explicó que las autoridades primarias obligadas a iniciar el proceso son la Comisión Nacional de Búsqueda (CNB), Comisión Local de Búsqueda (CLB) y las autoridades ministeriales: estas se encargan de detonar la búsqueda al informar y coordinarse con distintas autoridades para la búsqueda de una persona. El especialista informó que el PHB tiene cinco tipos de búsqueda: 1) Inmediata (seguir el rastro de la persona de inmediato); 2) Individualizada (profundizar en la búsqueda con técnicas más avanzadas ministeriales); 3) por Patrones (juntar casos relacionados o muy semejantes para buscar a las personas en grupo); 4) Generalizada (comparar bases de datos e ir a campo); y 5) de Familia (buscar a la familia de personas extraviadas o difuntas). Hizo énfasis en las primeras dos: la búsqueda inmediata aplica desde el instante en que una autoridad primaria se entera de que alguien no está, y sigue hasta que se le localice o se pierda el rastro, mientras que la individualizada aplica cuando hay indicios de que se está dañando a la persona, o la Ley obligue a asumirlo (por ejemplo, al tratarse de periodistas, activistas o grupos vulnerables), y debe realizarse hasta que se le localice. Reconoció que una de las críticas está dirigida al agotamiento de la búsqueda inmediata debido a que esto depende de los criterios de las autoridades para determinar cuando ya se hizo todo para tratar de localizarlo, pero enfatizó que la individualizada (también conocida como ministerial) no termina hasta que se encuentre a la persona desaparecida. El especialista informó que el reporte se puede realizar llamando a la CNB (a los números 5513099024 –el cual también recibe mensajes de WhatsApp– ó el 800-0287783) y por internet en el portal (https://cnbreportadesaparecidos.segob.gob.mx/); además puede hacerlo llamando al 911, acudiendo a consulados y embajadas, ministerios públicos (denuncia), comisiones de derechos humanos (queja) o con los jueces de Distrito (amparo buscador). Quien reciba el reporte, explicó, debe entrevistar a la familia, explicarle sus derechos y cargar la información al Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO), el cual genera un Folio Único de Búsqueda que deberá entregarse a los familiares. Heredia Aguilar informó que el que muchos de los aspectos del Protocolo –publicado en octubre de 2020– aún no están implementándose debido a que entró vigor en febrero de este año y apenas está permeando en algunos lugares del país donde no existen CLB o donde apenas se está capacitando a autoridades y familiares de víctimas de desaparición. “Debemos ver qué se necesita y en qué casos no se está aplicando correctamente. Es necesario darle tiempo para que las autoridades y las familias lo comprendan, y si no funciona ver qué cambios debemos hacer: todo es perfectible”, consejero honorífico del Consejo Ciudadano del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas. https://www.facebook.com/309494775768842/videos/1190411864717132
El derecho humano de ser buscado: cómo funciona el PHB
- Autor Miguel Silerio
- 3 minutos de lectura