mayo 12, 2024

Chihuahua tipifica el feminicidio, es el último estado del país

Ciudad Juárez, Chihuahua.- Este martes el Pleno del Congreso del Estado aprobó por unanimidad hacer una reforma al Código Penal del Estado de Chihuahua para que se adhiera el término “feminicidio”, con que queda tipificado este delito. El punto de acuerdo fue turnado al Congreso por la Comisión de Feminicidios que explicó que la tipificación del delito de feminicidio consiste en una reforma al Artículo 126 Bis del Código Penal del Estado de Chihuahua. Con esta Reforma el Artículo mencionado quedaría de la siguiente manera una vez que se publique el decreto en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua: “Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género”, de esta manera se atienden las recomendaciones internacionales que se hicieron al estado para tipificar este delito, dijo la diputada Leticia Ochoa Martínez en la exposición de motivos. “Han pasado 10 años y la violencia feminicida continua, motivo que llevo a la presentación de cada una de estas iniciativas que dan cumplimiento a las diversas observaciones nacionales e internacionales”, dijo. “Es necesario hacer visible un vergonzoso estado de violencia con el fin de desnaturalizarlo y atender las causas”, continuó. De acuerdo con el dictamen que se aprobó las penas por el delito de feminicidio irán de los 40 a los 70 años de prisión además de contar con agravantes que pueden incrementarlas. Y se establece la reparación integral del daño homologada al Código Penal Federal. Además, si el delito es cometido por o con la participación de un funcionario público o un elemento prestador de servicios de seguridad, se le agravara una mitad de la sentencia establecida. Se considera un feminicidio si: Se infringieron lesiones antes y/o después de la privación de la vida. Si existen antecedentes de violencia física, psicológica, patrimonial o cualquier otra en el ámbito familiar, laboral o cualquier otro. El dictamen establece cinco agravantes para el delito de feminicidio: -Que existiera entre víctima y victimario una relación de confianza – Que haya existido parentesco por consanguinidad o de confianza o cualquiera que evidencie desigualdad o abuso. -La víctima haya sido incomunicada previo a la privación de la vida -Que su cuerpo haya sido tirado o exhibido en lugar público -Que haya sido expuesta a un trabajo sexual o forzado El presente decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación. Anteriormente se consideraba el delito homicidio por razones de género. Chihuahua es el último estado de la República en tipificarlo. La diputada Blanca Gámez recordó el caso del feminicidio de Rubí Marisol Frayre Escobedo y posteriormente el de su madre al exigir justicia, Marisela Escobedo Ortiz, asesinada de un tiro en la cabeza frente al Palacio de Gobierno donde montaba una protesta.