Después de más de dos años, la Comisión de Obras, Servicios Públicos y Desarrollo y Movilidad Urbana presentó esta iniciativa que entrará en vigor el 1 de enero de 2025.
Por Favia Lucero / YoCiudadano
Chihuahua, Chihuahua.— Ayer el Congreso aprobó la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado, la cual entrará en vigor el 1 de enero del 2025.
Desde el 18 de mayo de 2022, cuando entró en efecto la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial (LGMSV), las entidades federativas tenían un plazo de 180 días para armonizar sus legislaciones, sin embargo, Chihuahua tardó más de dos años en hacerlo.
La iniciativa, aprobada en lo general y lo particular, fue presentada por la Comisión de Obras, Servicios Públicos y Desarrollo y Movilidad Urbana del Congreso. Esta busca, en términos generales:
– Implementar el diseño vial seguro y accesible en todas las calles y carreteras
– Garantizar los derechos de las víctimas de siniestros de tránsito
– Promover la cobertura, calidad y asequibilidad de los servicios de transporte público
– Regular y vigilar el tránsito seguro y los factores de riesgo vial
– Reducir la demanda y compensar el costo del uso de los automóviles particulares
– Diseñar instrumentos de planeación integral de la movilidad y el territorio
– Garantizar la participación social efectiva en los programas y proyectos de movilidad
– Establecer mecanismo fiscales y de financiamiento e inversión pública
– Garantizar la capacidad, conocimiento y pericia de las y los conductores vehículos
– Implementar registros de información en materia de movilidad y seguridad vial
Durante la presentación del dictamen se desahogaron asuntos expuestos desde hace tres años, como el de la ex diputada Deyanira Ozaeta Díaz, que en septiembre de 2021 propuso la Ley de Fomento para el Uso de la Bicicleta y Protección al Ciclista del Estado de Chihuahua.
El diputado Francisco Adrián Sánchez Villegas propuso tres reservas, de la cual una fue aprobada por 26 votos a favor. Se trata de la modificación del artículo 109 para que se mantenga el plazo de vigencia no mayor a los seis años para licencias de conducir.
Con la entrada en vigor de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado, cambiarán los límites de velocidad y de alcoholemia.
La LGMSV establece que la velocidad máxima en las vías primarias es de 50 kilómetros por hora, las secundarias y terciarias de 30 kilómetros por hora, y que las vías de acceso controlado, en sus carriles centrales, de 80 kilómetros por hora.
El Reglamento de Tránsito de Juárez indica que la velocidad máxima de circulación en la ciudad es de 60 kilómetros por hora en las vías donde no haya señalamientos, y 30 kilómetros por hora en zonas escolares y tramos donde existan hospitales, templos y parques.
Respecto a los niveles de alcohol permitidos, la LGMSV prohíbe conducir con una alcoholemia superior a 0.25 mg/L en aire espirado o 0.050 g/dL en sangre, mientras que el Reglamento de Tránsito local indica que el límite permitido es de 0.075 g/dL en sangre.