
Ciudad Juárez, Chihuahua.— El Presidente Municipal de Juárez, Armando Cabada Alvídrez, anunció hoy que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió a favor de la administración municipal la controversia constitucional relativa a la conformación del Sistema Estatal Anticorrupción (SEA), que facultaba a la Sindicatura como órgano de control interno municipal.
Los 11 ministros de la SCJN votaron a favor de la resolución presentada por el ministro Alberto Pérez Dayán, con la que se invalidan la adición al artículo 142 bis, 170 y 178 de la Constitución de Chihuahua.
“El proyecto que someto a su consideración estima fundado el concepto de invalidez en el que el Municipio sostiene que el Síndico no puede ser a su vez control interno del Municipio, toda vez que como integrante constitucional del Ayuntamiento electo popularmente, se sigue que no le es exigible la técnica ni la experiencia necesaria en materia de control, auditoria financiera y de responsabilidades que sí lo sería para cualquier ciudadano que aspire a ser Contralor del Municipio”, enunció el ministro Pérez Dayan durante la sesión de la SCJN del día de ayer.
En octubre de 2017, la Secretaría del Ayuntamiento, encabezada entonces por Roberto Rentería Manqueros, presentó el recurso de controversia al considerar que el órgano de control interno municipal debe ser definido por el propio Gobierno Municipal, y no puede estar a cargo de un funcionario elegido mediante votación popular, como es el caso de la Sindicatura.
La administración municipal argumentó que el titular del órgano de control debe ser una persona con experiencia técnica y educación relativa a temas de fiscalización y auditoria, requerimientos que no pueden ser exigibles a quienes ocupan un cargo de elección.
“Detectamos una imprecisión importante que hacía que, de quedarse así, iba ser realmente inaplicable el Sistema Anticorrupción en el estado, que consista en el que había sido el Congreso quien había determinado quién debía fungir como órgano interno de control municipal”, explicó el propio Rentería Manqueros.
Cabada Alvídrez precisó que las facultades de la Sindicatura son relativas exclusivamente a la revisión de la cuenta pública y del patrimonio municipal, y no puede auditar a las distintas dependencias del Gobierno Municipal, mucho menos imponer sanciones a los funcionarios implicados en irregularidades.
“Este resultado de esta controversia no solamente es un triunfo de esta administración, es un triunfo para todos los municipios del país”, aseguró el Alcalde.