Imperdible
YoCiudadano
Inicio Sociedad Gobierno Juárez en Datos Cultura Medioambiente Soluciones Investigaciones

TEE invalida el proceso de revocación de mandato contra Cruz Pérez Cuéllar

Tras la impugnación de Cruz Pérez Cuéllar y Movimiento Ciudadano, el Tribunal Electoral concluyó por unanimidad que no es viable realizar la consulta sin que coincida con el proceso electoral 2026-2027, por lo que dejó sin efectos el acuerdo del IEE y la captación de firmas.

TEE invalida el proceso de revocación de mandato contra Cruz Pérez Cuéllar

Por Abraham Rubio / YoCiudadano

Chihuahua.– El pleno del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua (TEE) revocó por unanimidad de votos el acuerdo el Instituto Estatal Electoral (IEE), mediante el cual se había declarado procedente el inicio del procedimiento de revocación de mandato en contra del presidente municipal con licencia de Ciudad Juárez, Cruz Pérez Cuéllar.

El pasado 21 de octubre, durante la Trigésima Segunda Sesión Pública del tribunal, las magistraturas determinaron dejar sin efectos el acuerdo IEE/AL CE73/2026 y todas las actuaciones realizadas para la ejecución del instrumento de participación política.

El caso se remonta al 29 de agosto, cuando el IEE dio luz verde al grupo promovente para iniciar la etapa de captación de firmas de apoyo del instrumento de participación política registrado con la clave IEE-IPP-001/2026, estableciendo como requisito la recolección de 63 mil 123 respaldos ciudadanos válidos antes del 29 de noviembre de 2026.

Este se aprobó a pesar de que Cruz Pérez Cuéllar se encontraba separado de sus funciones bajo una licencia por tiempo indefinido aprobada desde el 17 de junio de 2026, con Héctor Ortiz Orpinel al frente de la suplencia municipal.

La determinación responde a un Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía (JDC) interpuesto por el propio Cruz Pérez Cuéllar – folio JDC 195/202– y el recurso de apelación RAP 196/2026 impulsado por Movimiento Ciudadano.

Fuente: CCS de Juárez.
Fuente: CCS de Juárez.

En su impugnación, Pérez Cuéllar argumentó la indebida notificación del inicio del procedimiento de revocación de mandato, argumentando que debía notificársele personalmente con las formalidades de un emplazamiento para velar por su derecho de audiencia y debido proceso, además de acusar al IEE de no agotar gestiones exhaustivas para localizarlo.

Por otra parte, Movimiento Ciudadano impugnó el acuerdo por carecer de viabilidad temporal y de "efecto útil", advirtiendo que la consulta coincidiría con los procesos electorales 2026-2027 en contravención al artículo 32 de la Ley de Participación Ciudadana. Además, denunció la omisión del organismo para medir el impacto de la difusión en la equidad de la contienda, la falta de evaluación presupuestal del Ejercicio y la improcedencia debido a que Pérez Cuéllar se encuentra bajo una licencia por tiempo indefinido.

Al revisar las impugnaciones promovidas, el Tribunal Estatal Electoral concluyó que la autoridad administrativa electoral incurrió en una falta de exhaustividad al limitarse a verificar el cumplimiento de los requisitos formales, omitiendo analizar las circunstancias de viabilidad temporal del instrumento.

Este fundamentó su decisión en el artículo 32 de la Ley de Participación Ciudadana, que prevé una restricción temporal al disponer que las jornadas de votación de los mecanismos de participación ciudadana “deben realizarse en una fecha posterior y no coincidente con los procesos electorales locales o federales”.

Al no existir margen normativo para realizar la votación sin interferir con los calendarios electorales, el pleno del TEE resolvió que “no resulta jurídicamente viable continuar con el procedimiento de revocación de mandato al no existir condiciones jurídicas que permitan alcanzar el efecto útil del mecanismo”.

Así mismo, el pleno del TEE declaró improcedente en su sentencia la excitativa de justicia interpuesta por el ciudadano Joel Mario Sepúlveda Ramírez dentro del expediente el 13 de octubre por el ciudadano.

El Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua (IEE) aprobó el martes 27 de octubre las medidas para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal Estatal Electoral que dejó sin efectos la autorización de inicio del procedimiento de revocación de mandato del presidente con licencia Pérez Cuéllar.

De acuerdo con el IEE, entre las medidas que deberá tomar el órgano electoral local se encuentran gestionar ante el INE el cese de la captación de nuevos apoyos para este procedimiento, notificar a las personas e instituciones involucradas y actualizar la información institucional para que la ciudadanía conozca su situación jurídica.

Compartir nota

Facebook Twitter / X